REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGÉSIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, veintiuno (21) de febrero de dos mil veinticuatro (2024).
213° y 164°
ASUNTO PRINCIPAL: AP31-F-V-2023-000689

PARTE DEMANDANTE: Sociedad Mercantil INMUEBLES OUROBOROS, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha veintisiete (27) de julio de mil novecientos ochenta y nueve (1989), bajo el N° 36, Tomo 33-A-Sgdo.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado MOISES AMADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 37.120.
PARTE DEMANDADA: Ciudadano ENDRIH ANDERSON RIVAS RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-12.762.632, actuando en su carácter de Director General de la Sociedad Mercantil THE VIP EVENTS & PRODUCTIONS, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha cuatro (04) de julio de dos mil catorce (2014), bajo el N° 85, Tomo 34-A-Sdo.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No constituido en autos.
MOTIVO: DESALOJO.
SENTENCIA: Interlocutoria con Fuerza de Definitiva. (Homologación de Transacción).
-I-
ANTECEDENTES

Se inicia el presente proceso judicial, mediante libelo de demanda presentado para su distribución ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de esta sede judicial, en veintiocho (28) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), cuyo conocimiento quedó asignado a este Tribunal.
Mediante auto de fecha ocho (08) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), se admitió la presente demanda y se ordeno emplazar a la parte demandada, ciudadano ENDRIH ANDERSON RIVAS RODRIGUEZ, actuando en su carácter de Director General de la Sociedad Mercantil THE VIP EVENTS & PRODUCTIONS, C.A., antes identificada, previa consignación de los fotostatos.
En fecha catorce (14) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), se libró compulsa de citación dirigida a la parte demandada, tal como fue acordado en el auto de admisión de fecha ocho (08) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023).
En fecha dieciocho (18) de diciembre del año dos mil veintitrés (2023), se presentó escrito de transacción, por el abogado MOISES AMADO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil INMUEBLES OUROBOROS, C.A., y por el ciudadano ENDRIH ANDERSON RIVAS RODRIGUEZ, actuando en su carácter de Director General de la Sociedad Mercantil THE VIP EVENTS & PRODUCTIONS, C.A, up supra identificados, conforme a las siguientes cláusulas por ellos suscritas: