REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 14 de agosto de 2025
215º y 166º
ASUNTO: AP31-F-S-2025-000253
SOLICITANTE: AURORA MARIA NETO TORCATO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.334.457.
ABOGADA ASISTENTE: CARMEN JULIA FERNANDEZ HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.277.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
-I-
Mediante solicitud presentada en fecha 23 de enero de 2025, por la ciudadana AURORA MARIA NETO TORCATO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.334.457, debidamente asistida por la abogada, CARMEN JULIA FERNANDEZ HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.277. Procedió a solicitar DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS,
En fecha fecha 27 de enero de 2025, se le dio entrada y se le instó a la parte interesada a consignar copia certificada del acta de defunción de la de cujus ciudadana YULIA MICHELLE CARPANZANO, documento autenticado por ante la Notaria Publica Sexta de Caracas y la Declaración Sucesoral.
En fecha 04 de febrero de 2025, se recibió diligencia presentada por la ciudadana AURORA MARIA NETO TORCATO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.334.457, asistida por la abogada CARMEN JULIA FERNANDEZ HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°48.277, mediante el cual consignó copia certificada del acta de defunción de la ciudadana YULIA MICHELLE CARPANZANO TORCATO, copia certificada del certificado de solvencia de sucesiones y declaración sucesoral respectiva.
De igual forma, en esta misma fecha, compareció la ciudadana AURORA MARIA NETO TORCATO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.334.457, y otorgó poder Apud acta a la abogada CARMEN JULIA FERNANDEZ HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo en N° 48.277.
En fecha 07 de febrero de 2025, se evidenció que no se había dado fiel cumplimiento al auto dictado en fecha 27 de enero de 2025, es por ello que se RATIFICÓ el mencionado auto peticionado por este juzgado.
En fecha 17 de febrero de 2025, se recibió diligencia presentada por la abogada CARMEN JULIA FERNANDEZ HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°48.277, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana AURORA MARIA NETO TOCATO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.334.457, mediante el cual consignó copia certificada del documento autenticado ante la notaría pública sexta de caracas, en el cual el ciudadano BERNARDO CARPANZANO TORCATO, renunció solemnemente a los derechos sucesorales sobre la herencia dejada por causante.
En fecha 20 de febrero de 2025, se admitió la presente solicitud, así mismo se fijó por autos separados la oportunidad para la evacuación de las declaraciones de los testigos.
En fecha 26 de febrero de 2025, se recibió diligencia presentada por la abogada Carmen Julia Fernández Hernández, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana AURORA MARIA NETO TOCATO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.334.457, en la cual solicitó fecha para la evacuación de testigos.
En fecha 05 de marzo de 2025, este tribunal fijo fecha para la evacuación de los testigos y en fecha 13 de marzo de 2025, se llevo a cabo la declaración testimonial de las ciudadanas, MARIA MAGDALENA RAMIREZ DE BOGES y MARY BETZABETH CORREA RAMIREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.463.345 V-13.312.890, respectivamente.
En fecha 09 de abril de 2025, mediante auto se instó a la parte interesada a subsanar la incongruencia en los apellidos de la madre de la de cujus YULIA MICHELLE CARPANZANO TORCATO, y la renuncia otorgada por el ciudadano BERNARDO CARPANZANO.
Mediante diligencia de fecha 07 de mayo de 2025, presentada por la abogada CARMEN JULIA FERNANDEZ HERNANDEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana AURORA MARIA NETO TORCATO, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V 6.334.457, desistió de la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en fecha 07 de mayo de 2025, solicitó la devolución de los documentos originales cursantes en los folios útiles siguientes: 05, 06, desde el folio 25 hasta el folio 32 y desde el folio 38, hasta el 41, consignando para tal fin los fotostatos correspondientes.
-II-
Ahora bien, vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud, así como el desistimiento del procedimiento formulado en fecha 23 de enero de 2025, por la ciudadana AURORA MARIA NETO TORCATO, asistida por la abogada CARMEN JULIA FERNANDEZ HERNANDEZ, Ut Supra identificadas, este Tribunal luego de haber realizado una revisión exhaustiva de los autos, y no existiendo presunción alguna que el desistimiento que nos ocupa lesione o menoscabe de manera directa e indirecta derechos a terceros, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal imparte su correspondiente HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Y así se declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Asimismo, se ordena desglosar los documentos originales que corren insertos a los folios del expediente, previa su certificación en autos, ello conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 ejusdem.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Caracas, a los 14 días del mes de agosto de dos mil veinticinco (2025). Años: 215º de la independencia y 166º de la federación.
LA JUEZ,
ABG. ANGELA MARCANO CALI
EL SECRETARIO.
Abg. JHON RENGIFO
En la misma fecha, siendo las 2:00 pm se publicó y registró la anterior decisión,
EL SECRETARIO.
Abg. JHON RENGIFO
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