REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO CON SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS.-
Caracas, 12 de diciembre de 2025
Años: 215º y 166º

En fecha cuatro (4) de diciembre de 2025, el abogado Carlos Santander inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 312.648 apoderado judicial de la ciudadana Rosa Maria Afonso Moreno identificada en autos, presentó diligencia en la que solicitó lo siguiente: “…ciudadano Juez, en la segunda declaración de la parte dispositiva de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 03 de diciembre del 2025, se escribió de forma incorrecta el nombre de mi representada como ROSA MARÍA AFONSO DE GAMEZ, cuando lo correcto es ROSA MARÍA AFONSO MORENO… en este sentido pido se aclare esta situación y sea corregido el error…”.
En fecha tres (3) de diciembre de 2025, este Tribunal dictó sentencia donde se decretó la interdicción definitiva del ciudadano Anselmo Afonso León, identificado en autos.
Ahora bien, este Tribunal observa en el dispositivo de la sentencia citada ut supra, que se colocó lo siguiente: “SEGUNDO: Se designa como Tutoras definitivas a las ciudadanas Rosa María Afonso de Gamez y Carmen Eugenia Afonso Moreno, venezolanas, mayor de edad y titulares de la cédula de identidad N° V-9.880.598 y V.-5.609.676” (Subrayado nuestro); siendo lo correcto de la siguiente manera: SEGUNDO: Se designa como Tutoras definitivas a las ciudadanas Rosa María Afonso Moreno y Carmen Eugenia Afonso Moreno, venezolanas, mayor de edad y titulares de la cédula de identidad N° V-9.880.598 y V.-5.609.676.
En consecuencia, este Tribunal Decimo Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la aclaratoria en cuanto a lo solicitado por diligencia de fecha cuatro (4) de diciembre de 2025, presentada por el abogado Carlos Santander, identificado en autos, por lo cual se realizó la correspondiente consideración y determinación en el capítulo IV de esta decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, a los doce (12) días del mes de diciembre de 2025. Publíquese y Regístrese. Siendo las 3:20 de la tarde.-
EL JUEZ

MARCOS DE ARMAS ARQUETA
EL SECRETARIO TEMPORAL

RODOLFO CORREA GONZALEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se publicó y se registró aclaratoria de sentencia, siendo las 3:25 de la tarde. Es todo.-
EL SECRETARIO TEMPORAL
RODOLFO CORREA GONZALEZ
MDAA/rcg/ao. -
Expediente Nº 2024-001355
Pieza Principal Nº 2