El Tocuyo, 26 de febrero de 2.025
Años: 214º y 166ª
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Se inició la presente Demanda presentada por el ciudadano: MONTILLA PÉREZ JHONNY ALEXANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-14.593.398, en su condición de parte demandante, domiciliado en la ciudad de El Tocuyo, Municipio Morán del estado Lara, asistido por la abogada en ejercicio NOHEMI DEL CARMEN ALVARADA ARAUJO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº170.046. Por motivo de DIVORCIO POR DESAFECTO, en contra de la ciudadana: TORRES PEREZ YULIBETH DEL VALLE, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº V-12.593.857. Este Tribunal observa que hasta la presente fecha, han transcurrido más de Un (01) año desde la fecha de su admisión 01/07/2.023, folio siete (7), sin que el Demandante haya cumplido con las obligaciones que le impone la ley para el cumplimiento de la citación del demandante; es por lo que este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. El Tocuyo, a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año 2.025. Año 214° Independencia y 166° Federación.
La Jueza Suplente;
Abg. Joydeliz Vargas Peñaloza.
La Secretaria Suplente;
Abg. Yaneth Alejos
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia.
La Sec Splte,
EXP Nº SM-766-23.
DEMANDANTE: MONTILLA PÉREZ JHONNY ALEXANDER
DEMANDADO: TORRES PEREZ YULIBETH DEL VALLE
MOTIVO: DIVORCIO POR DESAFECTO
JVP/YA/AS.-
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