El Tocuyo,04 de julio del 2.025
AÑOS: 215º y 166

ASUNTO: Nº S-057-25
UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS.

Visto el escrito de: UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana: TARIFE DE LORENZO MARÍA JESÚS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, casada y titular de la cédula de identidad Nº: V-5.436.909, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos los ciudadanos: TARIFE ESCALONA FERNADO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N°V-3.965.526, TARIFE DE BALAGUERA JOSEFA DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° V-4.408.633, TARIFE ESCALONA ALICIA MARGARITA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N°V-7.463.470, TARIFE ESCALONA CONRADO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N°V-4.415.558, TARIFE ESCALONA LUCIA ISOLINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N°V-7.454.103, respectivamente, de este domicilio, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio LEYSIS G. PERDOMO T., debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 143.837, con domicilio procesal en el centro Comercial Carvajal Plaza, Avenida Fraternidad, esquina calle 15, 1er piso, oficina N°39, El Tocuyo, Parroquia Bolívar Municipio Morán del estado Lara, correo electrónico, leysisperdomo@gmail.com, teléfono: 0412-5453351, en su carácter de sobrinos del ciudadano: JOSÉ TARIFE VARGAS, quien falleció ab-intestato en fecha: 21 de abril del año 2.017, en calle 19 N° 5-59 El Tocuyo, Parroquia Bolívar, Municipio Morán del estado Lara, tal como se evidencia en acta de defunción Nº 81, del día 22 de abril de 2.017, emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Bolívar, Municipio Morán del estado Lara, quién en vida porto cédula de identidad N°E-345.973 y residenciado en calle 19 N° 5-59 El Tocuyo, Parroquia Bolívar, Municipio Morán del estado Lara, la solicitante consigno a los autos, Acta de Defunción Certificada del De Cujus inserta al folio (2), Copia de la cédula de identidad del De Cujus y de los solicitantes inserta al folio (3), acta de defunción del padre de los solicitantes inserta al folio (4), actas de nacimientos certificadas de los sobrinos del De Cujus insertas a los folios (5, 6, 7, 8, 9 y 10). Admitida la solicitud se ordenó la publicación de un EDICTO, a los fines de que se hiciera parte cualquier interesado y oír la declaración de dos testigos. Siendo la oportunidad de decidir, el Tribunal observa.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
UNICO: Con las declaraciones de los testigos: ROCHA PÉREZ OSCAR RAFAEL y MOGOLLON YÉPEZ ROMER JOSÉ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.450.456 y V-15.816.142, respectivamente, de este domicilio, quienes estuvieron contestes en afirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos; y quienes se aprecian como idóneos de conformidad con lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y los documentos públicos acompañados a la solicitud, los cuales aprecia el Tribunal en todo su valor probatorio de conformidad con los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, se encuentra plenamente demostrado lo alegado por los solicitante en su escrito, y por lo tanto la presente solicitud debe prosperar. Así se decide, por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSÉ TARIFE VARGAS a sus sobrinos, los ciudadanos: TARIFE DE LORENZO MARÍA JESÚS, TARIFE ESCALONA FERNADO JOSÉ, TARIFE DE BALAGUERA JOSEFA DEL CARMEN, TARIFE ESCALONA ALICIA MARGARITA, TARIFE ESCALONA CONRADO, TARIFE ESCALONA LUCIA ISOLINA, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles y titulares de las cédulas de identidad Nros V-5.436.909, V-3.965.526, V-4.408.633, V-7.463.470, V-4.415.558 y V-7.454.103, respectivamente.

Tómese debida nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal, déjese copia certificada mecanografiada, expídanse los juegos de copias certificadas correspondientes y devuélvase original con sus resultados.

Publíquese y Regístrese. Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en El Tocuyo a los cuatro (04) días del mes de julio del año Dos Mil Veinticuatro (2.025). Años: 215º y 166º.

La Juez Suplente,

La Secretaria Suplente,

Abg. Joydeliz Vargas Peñaloza.

Abg. Ana Serrano.