REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno (21) de abril de dos mil Veintiséis (2026)
216º y 167º

ASUNTO: KP02-S-2026-001710
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por los ciudadanos LUIBETH ALEXANDRA VARGAS CHINDEMI Y HARION SAMAEL DE CASTRO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-24.353.894 Y V-21461.637, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado LUIS VARGAS VICCI, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 61.760, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de la bienhechuría Ubicada en El Caserío Bello Monte, kilómetros 11 y 12 en la vía que conduce a Rio Claro, Parroquia Juarez, Municipio Iribarren, Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de las ciudadanas: MARY JOSEFINA GARCIA URRIBARRI Y YASNIRE DEL CARMEN MORALES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.643.707 y V-13.435.009, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos: LUIBETH ALEXANDRA VARGAS CHINDEMI Y HARION SAMAEL DE CASTRO GONZALEZ, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,

ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Err.-