REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta (30) de abril de dos mil Veintiséis (2026)
216º y 167º
ASUNTO: KP02-S-2026-002015
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por el ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ COLMENAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.384.602, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado SANDRO SUAREZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 173.586, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría Ubicada en la calle 1 con carrera 1, barrio la batalla sector 2, manzana N°1, casa S/N, Parroquia Guerrera Ana Soto, del Municipio Iribarren, Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de las ciudadanas NAYLETH COROMOTO ROSALES Y NANCY JOSELYN SUAREZ DIAZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.429.710 y V-17.783.744, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ COLMENAREZ, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,
ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Drv.-