REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de enero del dos mil Veintiséis
Años: 215° y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-005516
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: ANA KARELY BETANCOURT, inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nº 234.279, quien actúa como apoderada judicial del ciudadano GIOVANNI GIUSEPPE DI GIORGI PIRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.783.125, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la Posesión La Abarqueña, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, que mide aproximadamente SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (6.738,75 MTS2); cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDADDE LAS MEJORAS REALIZADAS A LAS BIENHECHURIAS a favor del ciudadano: GIOVANNI GIUSEPPE DI GIORGI PIRES, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Juez.
Abg. Mariani Selena Linares Peraza. La Secretaria.
Abg. María Isabel Godoy Viloria.