REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno (21) de diciembre de dos mil veinticinco (2025)
215º y 166º

ASUNTO: KP02-V-2025-002144
PARTE DEMANDANTE: ciudadano JESUS ALBERTO GALLARDO SIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 24.394.692.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: NORA DEL CARMEN TORRES DE MELENDEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°199.746
PARTE DEMANDADA: ciudadana YAILETH CAROLINA GARCIA LOBATON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.794.562.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: NIECCER MARIÑO, inscrito en el IPSA bajo el N° 301.030.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO.
(Sentencia interlocutoria)

-I-
Visto el Desistimiento suscrito en fecha 15 de diciembre del 2025, suscrita por el ciudadano JESUS ALBERTO GALLARDO SIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 24.394.692, de este domicilio, asistido por la Abogada NORA DEL CARMEN TORRES DE MELENDEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°199.746, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. En consecuencia, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo del expediente.
Devuélvanse los documentos originales una vez consignados los fotostatos correspondientes a los fines de dejar en su lugar copia certificada de los mismos.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia certificada de la presente decisión, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/ .
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto a los veintiún (21) de diciembre de dos mil veinticinco (2025). Año 215º de la Independencia 166º de la Federación.-
El Juez,


Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,



Abg. Lewis Carrasco Rangel
JAH/LCR/acp