REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés (23) de febrero de dos mil Veintiséis (2026)
215º y 166º
ASUNTO: KP02-S-2026-000540
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por la ciudadana LAURIBEL OSMERY RODRIGUEZ ANDUEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.402.313, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio HUGLIMAR LORENDIS ALDANA ROJAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N°190.863, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de la bienhechuría Ubicada en el carrera 14 entre calles 52 y 53, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren, Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de los ciudadanos TIBISAY COROMOTO ROJAS ROMERO y OSCAR RAFAEL FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.318.991 y V-7.375.114, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana LAURIBEL OSMERY RODRIGUEZ ANDUEZA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,
ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Drv.-