REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 23 de febrero de 2026
215º y 166º

SOLICITUD: AP31-F-S-2026-000347
SOLICITANTE: ciudadano YONI ALEXANDER YNCIARTE BAUTISTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-19.929.598
ABOGADA ASISTENTE: BETYABER LISQUER BELISARIO RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 329.517
MOTIVO: RECONOCIMENTO DE CONTENIDO Y FIRMA
-SINTESIS-
Comienza la presente solicitud, mediante escrito presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de enero de 2026, por el ciudadano YONI ALEXANDER YNCIARTE BAUTISTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-19.929.598, debidamente asistido por la abogada BETYABER LISQUER BELISARIO RIVERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 329.517.
Mediante auto de fecha 29 de enero de 2026, se instó a la parte interesada a consignar copia de la cédula de identidad de la ciudadana RÓMULA GRACIELA NAVARRO GONZALEZ, asimismo que no indicaron el domicilio de los testigos a evacuar.
En fecha 06 de febrero de 2026, se recibió diligencia presentada por el ciudadano YONI YNCIARTE BAUTISTA, plenamente identificado, debidamente asistido por la abogada Betyaber Lisquer Belisario Rivero, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N°329.517, mediante la cual dieron cumplimiento a lo dictado por este Juzgado en fecha 29 de enero de 2026.
Mediante auto de fecha 06 de febrero de 2026, se admitió la presente solicitud y se ordenó librar boleta de citación a los ciudadanos ELIZABETH NAVARRO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-4.664.753, CAROLINA SALAS QUERALES venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-17.991.226 y MARIAYLIN FRANCIS CAMPO venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V- 19.820.928.
Mediante nota de secretaria de fecha 10 de febrero de 2026, se dejó constancia de haber notificado por vía telemática a los ciudadanos ELIZABETH NAVARRO DE SANCHEZ, CAROLINA SALAS QUERALES y MARIAYLIN FRANCIS CAMPO, plenamente identificados.
En fecha 12 de febrero de 2026, oportunidad fijada para el acto de Reconocimiento de Contenido y Firma, comparecieron los ciudadanos ELIZABETH NAVARRO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-4.584.753, YONI ALEXANDER YNCIARTE BAUTISTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-19.929.598, MARIAYLIN FRANCIS CAMPO LOPEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-19.820.928 y la ciudadana ALBA CAROLINA SALAS QUERALES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-17.991.226, mediante la cual manifestó expresamente su reconocimiento al documento privado suscrito entre las partes, en su totalidad.
Establece los artículos 444 del Código de Procedimiento Civil: “La parte contra quien se produzca en juicio un instrumento privado como emanado de ella o de algún causante suyo, deberá manifestar formalmente si lo reconoce o lo niega (…)”; Artículo 1364 del Código de Procedimiento Civil: “Aquel contra quien se produce o a quien se exige el reconocimiento de un instrumento privado, está obligado a reconocerlo o negarlo formalmente. (…)”
Ahora bien por cuanto la ciudadana ELIZABETH NAVARRO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-4.584.753, compareció y de manera expresa admitió haber suscrito el documento privado, que riela a los autos a los folios cinco (05) y seis (06), junto al ciudadano YONI ALEXANDER YNCIARTE BAUTISTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-19.929.598, es por lo que se declara RECONOCIDO EL REFERIDO DOCUMENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVO
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara RECONOCIDO EL REFERIDO DOCUMENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA presentado por el ciudadano YONI ALEXANDER YNCIARTE BAUTISTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-19.929.598 suscrito con la ciudadana ELIZABETH NAVARRO DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.V-4.584.753.
PUBLÍQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Los Cortijos de Lourdes, a 23 días del mes de febrero de dos mil veintiséis (2026). 215 años de Independencia y 166 años de Federación.-
LA JUEZ,

Abg. ANGELA MARCANO CALI.-
EL SECRETARIO.

Abg. JHON RENGIFO

En esta misma fecha, se dictó y publicó la anterior sentencia, previas las formalidades de Ley.

EL SECRETARIO.

Abg. JHON RENGIFO
AMMC/JR/MS.-