REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de julio de dos mil veintiséis
Años: 216° y 167°
ASUNTO: KP02-S-2026-002864
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: YELMILY ANGELICA ESCOBAR GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.814.188, de este domicilio, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LOIDA MARÍA SIRA GODOY, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 212.946, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Bobare, Barrio La Democracia, Sector Mama Vieja 1, Calle 1 con Vereda 1, Casa S/N, Parroquia Aguedo Felipe Alvarado del Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente 14 METROS DE FRENTE POR 14 METROS DE FONDO Y DE LONGITUD 29 METROS DE LARGO, cuyas medidas, características y linderos, constan en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: YELMILY ANGELICA ESCOBAR GIL, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Migv/mfqa.-
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