REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de julio de dos mil veintiséis
216º y 167º
ASUNTO: MANUAL-S-2026-434
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos: JAKELINE JOSEFINA BRACHO PEÑA Y JHONNY ALBERTO MARCHAN ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrs..V-19.324.717 y V-16.138.410,respectivamente de este domicilio, debidamente asistidos en este acto, por el Abogado LEONARDO RAMÓN TORRES, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 131.305, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas En la vía a Reten Arriba, en la comunidad de Tamaca centro, diagonal a la entrada del cementerio de Tamaca, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (184,00 MTS2), y con área de construcción de OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, Y cuyas características y linderos, consta en la solicitud, que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos: JAKELINE JOSEFINA BRACHO PEÑA Y JHONNY ALBERTO MARCHAN ROJAS, anteriormente identificada de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria,

Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/GODOY/hp.