REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Tres de Julio del dos mil Veintiséis
Años: 216° y 167°
ASUNTO: MANUAL-S-2026-000305
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: BELTRAN ANTONIO RODRÍGUEZ RIERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.535.148, de este domicilio, debidamente asistido en este acto, por la abogada ALIDA FLORES, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°192.946,en su condición de defensora Pública Provisoria Segunda (2º) en Materia Civil del estado Lara, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en Carrera 4 A, entre Calles 2 y 3, Casa s/n, Barrio San Francisco, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente DOSCIENTOS SIETE METROS CON NUEVE DECIMETROS CUADRADOS(207,09 MTS2) cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: BELTRAN ANTONIO RODRÍGUEZ RIERA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/Migv/lc.-