REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres de junio de dos veintiséis
216º y 167º

ASUNTO: AH21-L-2022-000005 (AP21-L-2022-000082)
PARTE ACTORA: HAROLD JOSÉ REQUENA ROMERO, cédula de identidad N°V-11.038.532.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RUBEN JOSÉ ESCALONA SAMARO y ANTONIO JOSÉ BRAVO CARTAYA, inscritos a en el INPREABOGADO bajo el N°76.969 y N°66.465, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: EMBAJADA DE LA INDIA (EMBASSY OF INDIA, CARACAS), Excelentísimo Embajador ABHISHEK SINGH.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITÓ.
MOTIVO: DEMANDA POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy tres de junio de 2026, comparece por ante este Tribunal, el ciudadano experto contable EUGENIO GAMBOA BAUTISTA cédula de identidad N°V4.07.164, inscrito en el COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS bajo el N°20.285, quien hace saber a este Despacho que la parte Demandada EMBAJADA DE LA INDIA (EMBASSY OF INDIA, CARACAS), honró el pago de sus honorarios profesionales, por lo cual el Tribunal procede a levantar la presente acta y deja constancia que con ocasión a la acción incoada por el ciudadano HAROLD JOSÉ REQUENA ROMERO, cédula de identidad N°V-11.038.532, representado por sus apoderados judiciales abogados RUBEN JOSÉ ESCALONA SAMARO y ANTONIO JOSÉ BRAVO CARTAYA, inscritos a en el INPREABOGADO bajo el N°76.969 y N°66.465, respectivamente, en contra de la parte Demandada EMBAJADA DE LA INDIA (EMBASSY OF INDIA, CARACAS), el ciudadano EXPERTO CONTABLE: EUGENIO GAMBOA BAUTISTA, cédula de identidad N°V4.07.164, inscrito en el COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS bajo el N°20.285, manifiesta que la parte Demandada procedió a pagar el monto de sus emolumentos u honorarios profesionales equivalentes a Bs.540.992,06, en fecha 01-06-2026, mediante referencia bancaria Nº315765, por lo cual dio cumplimiento al decreto de ejecución forzosa de fecha 2 de junio de 2023 que consta a los folios 156 y 157 de la primera pieza del físico del expediente.-

En consecuencia, y como quiera que en el presente expediente, solo faltaba el pago de los honorarios del experto contable (auxiliar de justicia), y como quiera que la parte Demandada dio cumplimiento a lo condenado, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo, Homologa dicho cumplimiento y ordena dar por terminado el procedimiento y el cierre informático del mismo y archivo del expediente. Cúmplase. Es todo, y conformes firman.

La Jueza titular

Mariela de Jesús Morales Soto



Experto contable: EUGENIO GAMBOA BAUTISTA, cédula de identidad N°V4.07.164, inscrito en el COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS bajo el N°20.285.

La Secretaria

Carmen Cordero