SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 59/2026
FECHA 11/06/2026
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
216º y 167°
Asunto Antiguo N° 2051
Asunto Nº AF41-U-2003-000001
En fecha 10 de enero de 2003, se recibió Oficio N° 02-1680 de fecha 06 de diciembre de 2002, emanado del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, a través del cual remitieron recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 13 de noviembre de 2002, por el ciudadano CARLOS BOLÍVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.883.714, actuando en su carácter de representante legal de la contribuyente DEPOSITARIA ORDAZ, S.R.L, sociedad mercantil domiciliada en Puerto Ordaz, Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 13 de diciembre de 1994, bajo el Nro. 53, Tomo A-Nro. 13, folio 319 al 325 e igualmente inscrita ante el Registro de Información Fiscal (RIF) J-30231193-4, asistido en este acto por el ciudadano BENJAMIN BOLÍVAR., titular de la cédula de identidad Nro. V-12.188.021, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 81.544, contra la Resolución N° GRTI/RG/DSA/159 de fecha 25 de junio de 2002, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), levantada en materia de Impuesto Sobre la Renta para los ejercicios fiscales de 1995, 1996 y 1997, la cual confirmó las Actas Fiscales Nros. GRTI/RG/DF/253, 281 y 282, todas de fecha 16/05/2001, y se determinaron los siguientes montos:
EJERCICIO IMPUESTO MULTA
01-01-95 al 31-12-95 1.077.450,00 1.131.322,50
01-01-96 al 31-12-96 4.823.189,00 5.064.348,45
01-01-97 al 31-12-97 8.072.622,00 8.476.253,10
TOTAL 13.973.261,00 14.671.924,05
En fecha 12 de abril de 2011, este Tribunal dictó Sentencia N° 1610, a través de la cual declaró SIN LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente DEPOSITARIA ORDAZ S.R.L.
Mediante auto de fecha 14 de noviembre de 2012, este Tribunal declaró definitivamente firme la Sentencia Definitiva N° 1610 de fecha 12 de abril de 2011, dictada por este Órgano Jurisdiccional.
De conformidad con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial Nº 6507, de fecha 29 de enero de 2020, entrando en vigencia el 03 de marzo 2020, el cual confiere la competencia para el Cobro Ejecutivo a la Administración Tributaria, y de la ejecución de los fallos a través de ese procedimiento administrativo conforme al artículo 308 del prenombrado Código y que en concordancia con el criterio de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia a través de la decisión número 00543 de fecha 14 de mayo de 2015, que establece lo siguiente:
“… corresponde a la Administración Tributaria iniciar, impulsar y resolver todas las incidencias del cobro ejecutivo; contrario a lo estatuido sobre ese particular los artículos 289 y 290 del Código Orgánico Tributario de 2001, donde el Fisco Nacional iniciaba el juicio ejecutivo mediante escrito ante el tribunal contencioso tributario competente. Por lo tanto, esta Sala advierte la imposibilidad de los Jueces Contenciosos Tributarios de conocer los juicios ejecutivos, en virtud de haber perdido sobrevenidamente la jurisdicción para tramitarlos. Así se establece.”(Destacado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia).
En consecuencia, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Líbrese oficio, acta y remítase el expediente a la Coordinación Judicial de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas para su entrega definitiva a través de la Unidad de Actos de Comunicación (UAC).
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los once (11) días del mes de junio de dos mil veintiséis (2026).
La Juez,
Dra. Yuleima Milagros Bastidas Alviarez.-
La Secretaria Accidental,
Abg. Eglis Alejandra Febres Jaimes.-
Asunto Antiguo N° 2051.-
Asunto Nº AF41-U-2003-000001.-
YMBA/EAFJ/JDSR.-
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