REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco (05) de junio del 2026
215º y 167º


ASUNTO: KP02-S-2026-000400
PARTE SOLICITANTE: MARIA FRANCISCA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.530.887.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: RITO ANTONIO MOSQUERA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 318.703.-.-
MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO
DECRETO


SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA FRANCISCA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.530.887, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio RITO ANTONIO MOSQUERA HERNANDEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 318.703, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías, que ha fomentado con dinero de su propio peculio y a sus solas y únicas expensas, edificadas sobre un lote de TERRENO EJIDO, con un área de terreno de ciento ochenta y tres con setenta y cinco centímetros metros cuadrados (183.75.mts2), constante de unas bienhechurías constituidas por una casa cercada con paredes de bloques, y construido con paredes de bloques, frisadas, techo de platabanda y piso de cemento, puertas de hierro, ventanas de hierro, consta, ala-comedor, con una (1) cocina, con dos (2) habitaciones, un (1) baño, lavadero, un garaje, con un área de construcción de ciento cinco metros cuadrados (105mts2), aproximadamente. Ubicada en el barrio lomas de león sector 4 casa número 328 avenida araguaney calle el samán, parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren Del Estado Lara, cuvos linderos son los siguientes: NORTE: En línea recta con (21 mts) calle el samán: SUR: en línea recta con (21.mts) propiedad de Antonio Silva ESTE: En línea recta con (8.75mts) metro avenida araguaney que es su frente. OESTE: En línea recta 8.75mts) metros con propiedad de la iglesia apostólica. El monto invertido en las referidas bienhechurías es de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00).-

Para decidir este Tribunal observa:


UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, FERNANDO ANTONIO DURAN MEDINA y PEDRO ANTONIO GOYO RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° 9.542.234 y 4.721.817, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana, MARIA FRANCISCA PEREZ, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil vigente.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los cinco (05) días del mes de junio de 2026. Años 215° de la Independencia y 167° de la Federación.-
El Juez,




Magdiel José Torres.

La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.






















MJT/LSA/YamilethS.-