REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veinticinco de Marzo de dos mil veintiséis
215º y 167º
ASUNTO: KP02-S-2026-001198
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentado por el ciudadano: RENNY JAVIER CORDONES CALLES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°V-14.175.401, debidamente asistido en este acto, por el abogado Juan Baute, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 315.853, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la Calle el Carmen, Cruce Callejón Los Compadres, Comunidad Jayo Parte Baja, Parroquia El Cují, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400 MTS2); con un área de construcción de OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (84 mts2); cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: RENNY JAVIER CORDONES CALLES, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Juez.
Abg. Mariani Selena Linares Peraza. La Secretaria.
Abg. María Isabel Godoy Viloria.