REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés (23) de marzo de dos mil veintiséis 2026
215º y 167º

ASUNTO: KP02-S-2026-000943
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrito por la ciudadana RAISELYS GREIDIMAR MOGOLLON PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.945.987, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada YITLIMAR RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°265.148, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de la bienhechuría Ubicada en Pavia, en la carrera 5 entre calles 5 y 6 sector los rosales 2, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara,la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas los testimonios de los ciudadanos PABLO JOSE FREITEZ OVIEDO y MARIA ZORAIDA TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.377.746 yV-7.984.907, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de lasolicitante ciudadana RAISELYS GREIDIMAR MOGOLLON PEÑA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,

ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Drv-.-