Se inició el presente asunto por motivo de Divorcio 185 (desafecto y desamor), presentado por la ciudadana WILMA ROSA MUJICA DE ESCALONA titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.918.875, debidamente asistida por la Abg. MARYLUZ COLMENARES COLMENARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 119.373, en contra del ciudadano JESUS ALBERTO ESCALONA VALERA. Admitida la presente causa en fecha 18/02/2025 (folio 14). Este Tribunal observa que desde la fecha de la admisión hasta la presente fecha, ha transcurrido más de UN (01) año, sin que la parte actora haya impulsado la citación del demandado, plenamente identificado en autos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267, del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE.
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. El Tocuyo, a los Tres (03) días del mes de Marzo del año 2.026. Año 215° Independencia y 167° Federación.
La Jueza Provisoria

Abg. Yosglide Duin León
La Secretaria

Abg. Rosbelcy Sandoval.
En la misma fecha se registró y se publicó la presente sentencia, siendo las 12:00PM.
La Sec.