REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, doce (12) de mayo de dos mil veintiséis (2026)
216º y 167º
ASUNTO: AP21-L-2026-000911
Vista la diligencia de fecha 11 de mayo de 2026, presentada por la ciudadana YARISMAR CAROLINA MARTÍNEZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 20.606.413, debidamente representada por el abogado RAFAEL GERMÁN ALVARADO GRANADILLO, IPSA N° 150.675, mediante la cual desiste del procedimiento, solicitando la homologación correspondiente. En consecuencia, visto lo peticionado por la parte actora, debidamente representada, este Juzgado, en virtud de que el mismo no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, homologa el desistimiento del procedimiento en la acción que incoara contra la entidad de trabajo SUPERMERCADO RÍO VIDA, C.A., dándole efecto de cosa juzgada. Y así se establece.
LA JUEZ
NEREIDA HERNANDEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
ESTEFANIA OROPORTE BLANCO
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
LA SECRETARIA
ESTEFANIA OROPORTE BLANCO
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