REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho (18) de mayo de dos mil Veintiséis (2026)
216º y 167º
ASUNTO: KP02-S-2026-001905
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por la abogada FANNY MUJICA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°245.386, actuando en representación del ciudadano RONALD RENE RIVERO GIMENEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N°V-16.277.100 evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría Ubicada en la avenida libertador entre calles 49 y 50, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de los ciudadanos LEONIDAS SEGUNDO TORREALBA y RANDY ALEXANDER BRICEÑO MENDEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.324.872 y V-12.935.656, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano RONALD RENE RIVERO GIMENEZ, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,

ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Ec
Asiento del libro diario:_____