REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho (18) de mayo de dos mil Veintiséis (2026)
216º y 167º
ASUNTO: KP02-S-2026-002537
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por la ciudadana MARIA DEL PILAR PEÑA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.432.442, de este domicilio, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio CARLOS ALBERTO CONTRERAS PEREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N°280.581, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de la bienhechuría Ubicada en la calle Andrés bello con la carrera Pablo, a mano derecha de la cancha múltiple y detrás de la sede del Maternal, casa S/N, sector chirgua, sector II, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de los ciudadanos VILMA MARISOL RODRIGUEZ y YELITZA COROMOTO ROJAS DE OVIEDO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.130.823 y V-10.762.759, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana MARIA DEL PILAR PEÑA PEREZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,
ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Ec