REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho (18) de mayo de dos mil Veintiséis (2026)
216º y 167º
ASUNTO: KP02-S-2026-001586
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por los ciudadanos MARISOL DEL CARMEN VIZCAYA BRAVO y YEAN CARLOS PEREZ PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-25.340.016 y V-16.277.351, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada YELITZA GONZALEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N°278.478, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de la bienhechuría Ubicada en el sector Villa Juana, calle Bolívar, Parroquia el Cují, Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuados los testimonios de los ciudadanos CRISTOBAL DAVID ATACHO GARABAN y MARIA PAOLA COLINA CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.212.849 y V-20.911.324, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos MARISOL DEL CARMEN VIZCAYA BRAVO y YEAN CARLOS PEREZ PEÑA, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JHONNY JOSÉ ALVARADO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO,
ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL.
Jalvarado/Lcr/Ec
Asiento del libro diario:_____