REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de octubre de dos mil veintiséis
Años: 216° y 167°
ASUNTO: KP02-S-2026-002163
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: MIGUEL ÁNGEL GUTIERREZ CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.598.933, de este domicilio, asistido en este acto por la Abogada en Ejercicio: MADAY JOSELYN RODRÍGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 326.134, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: Barrio Unión, Carrera 3 esquina de la Calle 9, Casa Nº 9-10, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, que mide aproximadamente CIENTO DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CINCO CENTÍMETROS (102,75 Mts2) cuyas características y linderos, constan en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, bajo el Nº 35, Tomo 48, Protocolo 1, de fecha 20/12/2006, con el Código Catastral Nº 13-03-07-U01-403-0054-001-000. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: MIGUEL ÁNGEL GUTIERREZ CORDERO, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Migv/mfqa