REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de octubre de dos mil veintiséis
216º y 167º
ASUNTO: KP02-S-2026-003141
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: LUIS ALBERTO RAMOS GOVEA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.V-26.006.949, de este domicilio, debidamente asistido en este acto, por la Abogada MARIA ZENONA GAINZA VASQUEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 298.630, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el callejón Municipal entre calles 8 Y 9,casa S/N, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente CIENTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA CENTIMETROS (194,30 MTS2), con un área de construcción de CIENTO OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMETROS (184,96 MTS2), y cuyas características y linderos, consta en la solicitud, que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: LUIS ALBERTO RAMOS GOVEA, anteriormente identificado de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, según lo tipificado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Godoy/hp.