REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés (23) de octubre de 2026
216º y 167º

ASUNTO: KP02-S-2026-002780 // EXP. MANUAL 2780

PARTE SOLICITANTE: VILMANIA MARIA TRUJILLO GOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.472.062, con número telefónico: 0412-5449021 y dirección de correo electrónico: trujillovilmania07@gmail.com.-

ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: JOSE EUGENIO PEREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 207.978, con número telefónico: 0414-9737332, con dirección de correo electrónico: jose.perez.48vagmail.com,

MOTIVO:
TIPO DE SENTENCIA: TITULO SUPLETORIO.-
DECRETO.-

SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS

Vista la solicitud de Titulo Supletorio, presentada por la ciudadana VILMANIA MARIA TRUJILLO GOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.472.062, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio JOSE EUGENIO PEREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 207.978, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, con una superficie de terreno que mide aproximadamente: CIENTO OCHENTA Y DOS CON CUARENTA METROS CUADRADOS (182,40 Mts2), con un área de construcción que mide aproximadamente: TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON OCHENTA METROS CUADRADOS (364,80 Mts2); constituidas por unas bienhechurías conformadas por una casa de dos niveles, el primer nivel planta baja, consta de: dos habitaciones, una cocina, una sala, cuatro baños y una cocina, un garaje, un tanque subterráneo, piso de caico y cerámica, techo de platabanda, construida en bloque frisado y pulido, el segundo nivel planta alta, consta de: tres habitaciones, una cocina, un baño, un porche, techo de zinc, piso rústico, ubicada en la calle 1 con carrera 2, casa Nº 78, sector Rafael Ali Primera, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, estado Lara, comprendidas dentro de los siguientes linderos: Norte: en línea de 20,20 metros, con terreno que es o fue ocupado por la familia Hernández, Sur: en línea de 20,20 metros con la carrera 2, Este: en línea de 9,03 metros con la calle 1, que es su frente y Oeste: en línea de 9,03 metros con casa y terreno que es o fue ocupado por la Sra. Mayelin Arangurem. Siendo el costo de las referidas bienhechurías la cantidad de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL BOLIVARES (BS. 17.513.000,00).-

PARA DECIDIR ESTE TRIBUNAL OBSERVA:

Tomando en consideración las declaraciones de los TESTIGOS: los ciudadanos MILAGRO AMALIA TORREALBA PINTO y ELISA JOSEFINA CATARY SEQUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.530.345 y 5.257.656, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí, en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 eiusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y UNICO: DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana VILMANIA MARIA TRUJILLO GOYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.472.062, sobre las bienhechurías que se detallan a continuación:

“Sobre una parcela de TERRENO EJIDO, con una superficie que mide aproximadamente: CIENTO OCHENTA Y DOS CON CUARENTA METROS CUADRADOS (182,40 Mts2), con un área de construcción que mide aproximadamente: TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON OCHENTA METROS CUADRADOS (364,80 Mts2); bienhechurías que se encuentran ubicada en la calle 1 con carrera 2, casa Nº 78, sector Rafael Ali Primera, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, estado Lara, consta de: dos habitaciones, una cocina, una sala, cuatro baños y una cocina, un garaje, un tanque subterráneo, piso de caico y cerámica, techo de platabanda, construida en bloque frisado y pulido, el segundo nivel planta alta, consta de: tres habitaciones, una cocina, un baño, un porche, techo de zinc, piso rústico, dicha bienhechuría se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos: Norte: en línea de 20,20 metros, con terreno que es o fue ocupado por la familia Hernández, Sur: en línea de 20,20 metros con la carrera 2, Este: en línea de 9,03 metros con la calle 1, que es su frente y Oeste: en línea de 9,03 metros con casa y terreno que es o fue ocupado por la Sra. Mayelin Arangurem. Estas bienhechurías tienen un valor de DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL BOLIVARES (BS. 17.513.000,00).-

En consecuencia, el mismo no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, de conformidad con el acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los veintitrés (23) días del mes de octubre de 2026. Años 216° de la Independencia y 167° de la Federación.-
El Juez,




Magdiel José Torres.
La Secretaria,

Lucila Suarez Alvarado.












MJT/LSA/MariaS.-