REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 23 de Septiembre de dos mil veintiséis
216º y 167º
ASUNTO: MANUAL-S-2026-1905
Por recibida las presentes actuaciones, désele entrada y hágase las anotaciones en el libro respectivo.
Vista la solicitud de Título supletorio, suscrita por el ciudadano: ELYERBERTH JOSUE BONILLA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.553.477, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada Duberlis Enriqueta Lovaton Aranguren, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 318.755, este Tribunal insta a la parte solicitante que debe de indicar la cualidad jurídica del terreno, en caso de ser propio debe consignar documento de propiedad y de no ser el propietario del mismo deberá consignar ante la secretaria de este despacho autorización para construir dicha bienhechurías, Asimismo, se le insta a consignar su correo electrónico y 2 números telefónicos, al menos unos de ello con la aplicación whatsApp, a los fines de dar cumplimiento a la sentencia N° 000386 de fecha 12-08-2022, de la sala de Casación Civil.
La Juez.
Abg. Mariani Selena Linares Peraza. La Secretaria.
Abg. María Isabel Godoy Viloria.