´En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: WILMA ROSA MUJICA DE ESCALONA Y JESUS ALBERTO ESCALONA VALERA, Titulares de los documentos De identidad N°: V-15.918.875 y V-10.962.298 respectivamente; por ante el Registro Civil del Municipio Moran, Estado Lara, en fecha 27/12/2010 , anotado bajo el Nº 297, de los Libros de Registro de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 2010. Durante la unión matrimonial SI procrearon hijos, mayores de edad; y NO tienen bienes que liquidar. Se declara extinguida la comunidad de gananciales entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Civil. Ofíciese a los organismos competent.....