este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara de oficio LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso contencioso tributario, interpuesto conjuntamente con acción de Amparo Cautelar y subsidiariamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de los efectos, por los Abogados Carmelo de Grazia Suárez, Horacio de Grazia Suárez y Julio Vale Martínez, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.533.990, V-11.534.056 y V-14.725.485, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 62.667, 84.032 y 124.274, todo respectivamente, según poderes cursantes en autos insertos en los folios 30 al 36, ambos incluidos en esta causa, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES YAMARO, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y estado Miranda en fecha 07 de noviembre de 1969, quedando .....