-II-
D E C I S I Ó N
En razón al Desistimiento, presentado por el abogado BERNARDO ANTONIO MATHEUS, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 108.954, actuando en carácter de apoderado judicial de los ciudadanos BELKIS MERCEDES RODRIGUEZ DE SANTELIZ y MIGUEL JOSÉ RODRIGUEZ PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 3.877.929 y 7.300.545, respectivamente, contra la ciudadana MICHELE PASSARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.184.318, en la presente demanda de Desalojo de Local Comercial, por este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su Homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
En virtud del presente DESISTIMIENTO, se ordena lo siguiente:
Devuélvase los originales que rielan al expediente.....