´este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer la presente CESION DE DERECHO, presentada por los ciudadanos ZULVID DAYANA SANDOVAL DE ALVARADO, ZULYMA LIBERTAD SANCHEZ DE SANDOVAL, GRISCELY CAROLINA SANDOVAL SANCVHEZ, FRANKLI RAINIERO SANDOVAL, FRANKLIN ROBERTO SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 17.572.943, V- 7.316.475, V-23.904.078, V-15.230.509, V-4.728.470 Respectivamente de este domicilio, por tratarse de jurisdicción voluntaria. SEGUNDO: En razón del particular primero, este Juzgado declina el conocimiento de la presente solicitud al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara correspondiente. TERCERO: Se ordena librar.....