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| Decisiones del dia 11/05/2005 |
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| N� Expediente :
1SJ-3.513-05
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N� Sentencia :
379-2005
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Fecha: 11/05/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: EDILUZ DEL CARMEN HERRERA MOGOLLÓN |
Resumen:
Este Tribunal para decidir observa:
Con la consignación de la partida de nacimiento de la niña (omitido artículo 65 lopna), que corre inserta al folio tres (3) del presente expediente y la partida de nacimiento de la solicitante que corre inserta al folio ocho (8) de autos, las cuales esta Sala las aprecia en todo su valor probatorio por tratarse de documentos públicos conforme a lo establecido en la norma del artículo 1.359 y 1.360 del Código Civil, queda demostrado el derecho que tiene la referida niña, de repetir los apellidos de su madre, ciudadana Ediluz Del Carmen Herrera Mogollón, de conformidad con el artículo 238 del Código Civil, que dispone lo siguiente: ?Si la filiación sólo se ha determinado en relación con uno de los progenitores, el hijo tiene derecho a llevar los apellidos de este, si el progenitor tuviere un solo apellido, el hijo tendrá derecho de repetirlo?.
DECISIÓN
Llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Protección del Niño y del Adole.....
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Juez/Ponente:
Raquel Castillo de Zubillaga
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Municipio Torres
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| N� Expediente :
2SJ-3.556-05
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N� Sentencia :
375-2005
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Fecha: 11/05/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: EMILY DEL VALLE GARCÍA RODRÍGUEZ |
Resumen:
Estando en la oportunidad de decidir, este Juez Nº 2 observa:
Del análisis de la copia certificada de la partida de nacimiento del niño (Omitido artículo 65 L.O.P.N.A.) que corre inserta en el folio tres (3) de este expediente y del acta de matrimonio entre los ciudadanos José Gregorio García Alvarez y Emily Del Valle García Rodríguez, que corre inserta en el folio cuatro (4) de este expediente, las cuales se aprecian en todo su valor probatorio por tratarse de documentos públicos conforme a lo establecido en la norma del artículo 1.359 y 1.360 del Código Civil, se constata que para la fecha de nacimiento del niño, 05 de agosto de 2.003, la solicitante estaba casada con el ciudadano José Gregorio García Alvarez, por lo que con fundamento en la norma del artículo 201 del Código Civil, se presume que es su padre, por lo tanto, es evidente la omisión en dicha acta de los datos del progenitor.
Por las razones expuestas y por cuanto el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Públic.....
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Juez/Ponente:
Alberto Herrera Coronel
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Municipio Torres
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| N� Expediente :
1SJ-3.569-05
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N� Sentencia :
374-2005
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Fecha: 11/05/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: OLGA MARIA PINTO NAVAS |
Resumen:
Este Tribunal para decidir observa:
Con la consignación de la partida de nacimiento de la niña (Omitido artículo 65 LO.P.N.A.), que corre inserta en el folio dos (2) de este expediente, las cual esta Sala la aprecia en todo su valor probatorio por tratarse de documento público conforme a lo establecido en la norma del artículo 1.359 y 1.360 del Código Civil y de la copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante, queda demostrado el derecho que tiene la referida niña, de repetir los apellidos de su madre, ciudadana Olga Maria Pinto Navas, de conformidad con el artículo 238 del Código Civil, que dispone lo siguiente: ?Si la filiación sólo se ha determinado en relación con uno de los progenitores, el hijo tiene derecho a llevar los apellidos de este, si el progenitor tuviere un solo apellido, el hijo tendrá derecho de repetirlo?.
DECISION:
Llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Ven.....
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Juez/Ponente:
Raquel Castillo de Zubillaga
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Municipio Torres
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| N� Expediente :
1SJ-3550-05
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N� Sentencia :
370-2005
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Fecha: 11/05/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: MARLENE DEL ROSARIO LÓPEZ BARCO |
Resumen:
Este Tribunal para decidir observa:
Con la consignación de la partida de nacimiento del niño (omitido Art. 65 LOPNA) , la cual esta Sala la aprecia en todo su valor probatorio por tratarse de un documento público, queda demostrado el derecho que tienen el referido niño, de repetir el apellido de su madre ciudadana Marlene Del Rosario López Barco, de conformidad con el articulo 238 del Código Civil, que dispone lo siguiente: ?Si la filiación sólo se ha determinado en relación con uno de los progenitores, el hijo tiene derecho a llevar los apellidos de este, si el progenitor tuviere un solo apellido, el hijo tendrá derecho de repetirlo?. Llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena oficiar a la Prefectura Civil del Municipio Torres y al Registrador Principal del Estado Lara, a los fines de que asienten en la partida de nacimiento del niño (omitido Art. 65 LOP.....
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Juez/Ponente:
Raquel Castillo de Zubillaga
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Municipio Torres
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| N� Expediente :
2SJ-3.567-05
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N� Sentencia :
368-2005
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Fecha: 11/05/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: YERYMAR YOHANNA MADRID MELÉNDEZ |
Resumen:
Estando en la oportunidad de decidir, esta Sala de Juicio observa:
Del análisis de la partida de nacimiento partida de nacimiento del niño (omitido Art. 65 LOPNA) que corre inserta al folio tres (03), la cual se aprecia en todo su valor probatorio por tratarse de documento público conforme a lo establecido en la norma del artículo 1.359 del Código Civil, del acta de nacimiento del niño, que corre inserta al folio cuatro (04) y de la copia certificada de la partida de nacimiento del padre del niño, que corre inserta cinco (05), se evidencia que efectivamente se incurrió en el error en asentar el nombre del niño: como: (omitido Art. 65 LOPNA), siendo lo correcto: (omitido Art. 65 LOPNA). Asimismo, asentó el nombre del padre del niño como: Roymar, siendo lo correcto: Royman. Por lo cual esta solicitud debe prosperar. Así se decide.
DECISIÒN
Por las razones expuestas y por cuanto el ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público no objetó nada contra esta solicitud, est.....
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Juez/Ponente:
Alberto Herrera Coronel
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Municipio Torres
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| N� Expediente :
2SJ3.568-05
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N� Sentencia :
365-2005
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Fecha: 11/05/2005 |
Procedimiento: Rectificación De Partida De Nacimiento |
Partes: MARÍA MAGDALENA RODRÍGUEZ MELÉNDEZ |
Resumen:
Este Tribunal para decidir observa:
Con la consignación de las partidas de nacimiento de los adolescentesOmitido artículo 65 Lopna, las cuales esta Sala las aprecia en todo su valor probatorio por tratarse de documentos públicos, queda demostrado el derecho que tienen los referidos adolescentes y el referido niño, de repetir el apellido de su madre la ciudadana María Magdalena Rodríguez Meléndez, de conformidad con el artículo 238 del Código Civil, que dispone lo siguiente: ?Si la filiación sólo se ha determinado en relación con uno de los progenitores, el hijo tiene derecho a llevar los apellidos de este, si el progenitor tuviere un solo apellido, el hijo tendrá derecho de repetirlo?. Llenos los extremos de Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena oficiar a la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, a los fines de qu.....
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Juez/Ponente:
Alberto Herrera Coronel
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente. Municipio Torres
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