En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES, presentada por la ciudadana YOLIMAR COROMOTO JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 26.451.232, contra el ciudadano JHONNY ALEXANDER HERNANDEZ PINEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°25.401.742.-
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://Lara.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión y Notifíquese de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida.....