este Juzgado DECRETA: PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, de conformidad con el artículo 585 en concordancia con el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, sobre: Una parcela de terreno de origen ejidal identificada con el Código Catastral No.20-07-032-012-003, ubicada en la vía principal Zona Industrial Norte, Sector Las Canarias, Municipio Peña del Estado Yaracuy, con un área total de QUINCE HECTÁREAS CON NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (15 has con 946,65 Mts.2), comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno de uso agrícola en línea de 41.39 Mts., SUR: Calle Principal y empresa Aragas; ESTE: Drenaje natural en línea de 1188,55..,y OESTE: Terrenos ocupados por la Flia Marti y Drenaje Natural en línea de 1490,84 Mts..Este inmueble es propiedad de la empresa demanda COLORIFICIO PORDECAR, C.A., de acuerdo al documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Peña del.....