Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ERMELINDA CHIQUINQUIRA GOMEZ CAMPOS y HUMBERTO RAMON ROJAS.