Decisiones del dia 20/06/2011
N� Expediente :
KX01-P-2011-000006
N� Sentencia :
S-N
Fecha: 20/06/2011
Procedimiento: Sin Lugar Solicitud De La Defensa
Partes: SANCIONADO(S): IDENTIDADES OMITIDAS, DEFENSA PRIVADA ABG. WILMER JOSÉ MUÑOZ Y FISCAL 13º DEL MINISTERIO PÙBLICO ABG, EDGAR SANCHEZ
Resumen:
POR TODO LO EXPUESTO, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se declara SIN LUGAR lo solicitado por el Defensor Privado en cuanto a la sustitución de la medida sancionatoria de Privación de Libertad que cumple IDENTIDAD OMITIDA, en el Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins, por cuanto es necesario que se tenga la certeza que los objetivos de la sanción se hayan cumplido para que mediante revisión de la medida, de conformidad con el artículo 647. "E" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se sustituya; en razón de ello y visto que no se tiene ninguna medición que se pueda lograr el objetivo previsto en la Ley, se declara IMPROCEDENTE la solicitud realizada por el Defensor Privado Abg Wilmer Muñoz. Notifíquese y líbrese oficio al Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins para que remitan a la brevedad posible Plan Individual.
Juez/Ponente:
Milagros Lopez Pereira
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A
N� Expediente :
KX01-P-2011-000006
N� Sentencia :
S-N
Fecha: 20/06/2011
Procedimiento: Auto De Ejecución De Sanción
Partes: SANCIONADO(S): IDENTIDADES OMITIDAS, DEFENSA PRIVADA ABGS. WILMER JOSÉ MUÑOZ Y PEDRO LUIS MEDINA Y FISCAL 13º DEL MINISTERIO PÙBLICO ABG, EDGAR SANCHEZ
Resumen:
ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dando cumplimiento a lo ordenado en Sentencia de fecha 11 de marzo de 2011, se ejecuta la sentencia donde ordena a los adolescentes a PRIVACION DE LIBERTAD POR EL LAPSO UN AÑO (01) Y CUATRO (04) MESES al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, e impone la sanción de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ambos adolescentes por la comisión de los delitos de SECUESTRO EN MEDIO DE TRANSPORTE, ROBO AGRAVADO DE VEHICULO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el articulo 7 de la Ley contra el Secuestro y Extorsión, articulo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehiculo, articulo 458 y 277 del Código Penal y sancionados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la cual será cumplida en relación a IDENTIDAD OMITIDA en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (URIBANA) y IDENTIDAD OMITIDA, en el Centro Socio Educativo Dr. Pablo.....
Juez/Ponente:
Milagros Lopez Pereira
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del L.O.P.N.A