DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA
ÚNICO: INADMISIBLE la demanda por motivo de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por la ciudadana: ROSA CAPDEVILLA, Abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 205.167, actuando en representación sin poder de la ciudadana: YISELL DARIANNYS VILLEGAS GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.142.814, contra la ciudadana: MARIA GUADALUPE RIVERO SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.537.123.-
Publíquese y regístrese incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, déjese copias certificadas de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Munic.....