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-DECISIÓN-
Por las razones expuestas, este JuzgadoSuperior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO:su COMPETENCIA para conocer la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL CONJUNTAMENTE CON MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, interpuesta por la ciudadana ROSA MARÍA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.874.321, debidamente asistida por el Abogado ALI HUMBERTO ESCALONA MÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.769, contra la empresa estatal HIDROLOGICA VENEZOLANA S.A.
SEGUNDO:INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por la ciudadana ROSA MARÍA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-17.874.321, debidamente asistida por el Abogado ALI HUMBERTO ESCALONA MÉNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 150.769, contra la empresa estatal HIDROLOGICA .....