|
|
|
 |
|
|
| Decisiones del dia 25/05/2011 |
|
|
|
|
|
|
|
|
| N� Expediente :
KP12-S-2011-000307
|
N� Sentencia :
INTER.F.D.168-2011
|
Fecha: 25/05/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: MIREYA COROMOTO GARCIA CARRASCO |
Resumen:
Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y la declara TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR LA PROPIEDAD de las bienhechurías antes descritas que ejerce la ciudadana, MIREYA COROMOTO GARCIA CARRASCO, antes identificada. A los fines de su registro, se le advierte al Registrador respectivo, que conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en Sala Político Administrativa, para proceder a la protocolización de un Título Supletorio expedido sobre bienhechurías en un terreno ajeno, se requiere la autorización del propietario, sea éste un ente Público o un particular.
Regístrese y Publíquese.
|
Juez/Ponente:
Francisco Roman Zambrano Gomez
|
Organo:
Juzgado del Municipio Torres
|
| N� Expediente :
KP02-S-2010-8615
|
N� Sentencia :
3002
|
Fecha: 25/05/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: AURIANA COROMOTO PEREZ |
Resumen:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos ELIZABETH GARCIA y JUAN QUINTERO, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 5.255.298 y V- 15.351.427, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) AURIANA COROMOTO PEREZ, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario .....
|
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
|
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
|
| N� Expediente :
KP02-S-2011-14
|
N� Sentencia :
2993
|
Fecha: 25/05/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: MIGDALIA COROMOTO MENDOZA GUEVARA |
Resumen:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos MARISOL MENDOZA y GERARDO SALAS, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 9.555.789 y V- 3.445.039, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) MIGDALIA COROMOTO MENDOZA GUEVARA, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del pro.....
|
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
|
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
|
| N� Expediente :
KP02-S-2011-2017
|
N� Sentencia :
3004
|
Fecha: 25/05/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: HECTOR JOSÉ CASTAÑEDA CASTAÑEDA Y YORELIS MARIANA SANCHEZ PEREZ |
Resumen:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos MARCO LISCANO y JOSE MEDINA, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 15.020.897 y V- 15.666.566, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) HECTOR JOSÉ CASTAÑEDA CASTAÑEDA Y YORELIS MARIANA SANCHEZ PEREZ, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado.....
|
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
|
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
|
| N� Expediente :
KP02-S-2010-7860
|
N� Sentencia :
2996
|
Fecha: 25/05/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: BELKYS DEL CARMEN TORCATES PALMA |
Resumen:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos GINED ROSAS y SOLANGE OCHOA, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 20.922.875 y V- 15.960.174, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) BELKYS DEL CARMEN TORCATES PALMA, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propie.....
|
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
|
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
|
| N� Expediente :
KP02-S-2010-9795
|
N� Sentencia :
2994
|
Fecha: 25/05/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: ANNY NORELYS CAÑIZALEZ CAÑIZALEZ |
Resumen:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos AMADO CAÑIZALEZ y LEONARDO PEREZ, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 3.322.113 y V- 18.861.411, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) ANNY NORELYS CAÑIZALEZ CAÑIZALEZ, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del pr.....
|
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
|
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
|
| N� Expediente :
KP02-S-2011-5
|
N� Sentencia :
2992
|
Fecha: 25/05/2011 |
Procedimiento: Titulo Supletorio |
Partes: LUZ MARINA ESPINOSA DE CORDERO |
Resumen:
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos YANETH RIVERO y ISABEL ZAMBRANO VILCHEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 7.418.800 y V- 13.034.655, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) LUZ MARINA ESPINOSA DE CORDERO, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización d.....
|
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
|
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
|
|
|
|
|