DECISIÓN
En merito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. Su COMPETENCIA para conocer y decidir la presente causa.
2. ADMITE el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar, por el abogado Rafael Antonio Fuguet Alba, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 23.129, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Nova Grupo Orinoco C.A., contra la Providencia Administrativa Nº 435-04, de fecha 28 de junio de 2004, suscrita por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Plaza y Zamora del Estado Miranda, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por el ciudadano Ángel Alexander Méndez Araujo, contra la empresa accionante.
Al verificarse que el presente recurso se trata de un r.....