Este Juzgado Cuarto (4°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el abogado ADRIÁN JOSÉ MENESES PACHECO, en su carácter de Juez del Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante acta de fecha treinta y uno (31) de marzo de 2023, de conformidad a lo previsto en el artículo 31 numeral 4 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente decisión, mediante oficio, al Juez del Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas.