esta Sala de Juicio I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ELIAS ESBER BITTAR y ROSELBA RAMIREZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.309.176 y V-7.948.664, respectivamente, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador.
En cuanto a las niñas (X) , de diez (10) y ocho (08) años de edad respectivamente, habidas en el matrimonio, las partes acordaron que ambos ejercerán la patria potestad sobre las mismas, y la madre tendrá la guarda y custodia de las niñas. En relación a la Obligación Alimentaría, las partes convinieron que el.....