En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. se ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar, interpuesto por el Abogado HENDER JOSÉ MONTIEL MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.861.646, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.972, actuando en su Carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN 2KA C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha Cinco (5) de Octubre de 2005, bajo el N° 16, Tomo 72-A Sdo.; contra la Providencia Administrativa Nº 689-06, de fecha veinticinco (25) de septiembre de Dos Mil Seis (2006), emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, .....