"...En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE hasta cubrir la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 969.839.987,98), de conformidad con lo establecido en el artículo 593 del Código de Procedimiento Civil. Primero: El crédito derivado de la valuación que a su favor tiene la parte demandada CONSTRUCTORA SURCO, C.A., en la empresa SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO C.A., (SEGEMA), correspondiente a cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN BOLÍVARES CON OCHENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 234.690.531,84), derivado de la valuación en curso del contrato de obra; Segundo: Los derechos de crédito derivados del contrato de obras, Nro. 3433-CIV-05-07, por la cantidad de SETECIENTOS TREINTA Y.....