DECLARA: PRIMERO: LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución que resulte competente por el procedimiento de distribución celebre la Audiencia Preliminar según lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Todo ello en el Juicio que por cobro de Prestaciones sociales incoara la ciudadana YOCELYNE DEL CARMEN NAVA DE FERRAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad Nº 10.485.038, en contra de la ASOCIACIÓN QUIRÚRGICA CHUAO inscrita ante la oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Distrito Sucre del Estado Miranda, bajo el Nº 6, Tomo 32, protocolo primero de fecha 17 de agosto de 1987. y solidariamente al ciudadano JESUS RAFAEL RODRIGUEZ CAMPO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad Nº 1.886.322.
No se condena en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
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