En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE FUNCIONAL para conocer el Recurso de Invalidación intentada por el ciudadano GUARDIANES PRIVADOS, C.A contra la SENTENCIA DE FECHA DOS (02) DE MAYO DE DOS MIL SIETE (2007), DICTADA POR EL JUZGADO SEXTO (6°) DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
En consecuencia, DECLINA la competencia de la presente causa al Juzgado Sexto (6°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, para que conozca del presente asunto, por lo que se ordena: PRIMERO: Remitir el expediente Juzgado Sexto (6°) de S.....