Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por ORLANDO ENRIQUE FRANCO NUÑES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e identificada con la cédula de identidad N° V- 5.757.295 en contra de PDVSA GAS, S.A. filial de Petróleos de Venezuela, inscrita en el Registro Mercantil del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el N° 60, Tomo 74-a, en fecha 26 de junio de 1.972 y cuya ultima modificación estatutaria consta el documento en el citado Registro Mercantil el 21 de Agosto de 2001, anotado bajo el N° 18, Tomo 64-A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas, por la naturaleza del fallo.