PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ALFREDO RAMON ALMEIDA, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de las cédula de identidad N° V-8.765.913 en contra de la sociedad mercantil CONSORCIO MIRANDA 21, C.A., inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 10 de junio de 2005, bajo el No 2, Tomo 6-C-Cto. En consecuencia, se ordena a la demandada, al pago de:
PRIMERO: las cantidades señaladas en la parte motiva de la presente decisión, más los intereses de prestaciones sociales, intereses moratorios e indexación.-
SEGUNDO: Se ordena la cancelación de los intereses de mora de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde la fecha de la terminación de la relación de trabajo señalada en la parte motiva de la presente decisión, hasta la fecha en que el presente fallo se encuentre definitivamente firme debiendo acotar que no operará el s.....