Este Órgano Jurisdiccional ordenó de conformidad con lo establecido en el artículo 280 del Código Orgánico Tributario la ejecución voluntaria de la Sentencia Definitiva Nº 1.522, y en consecuencia se ordenó librar Oficio a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT, a los fines que descargue de los libros o registros de derechos pendientes las cantidades señaladas en la Resolución N° HJI-100-000473 de fecha 09/08/1994, emanada de la Dirección Jurídico Impositiva del entonces Ministerio de Hacienda, la cual fue anulada.-